La Contraloría General de la República concluyó que no existieron irregularidades en el procedimiento realizado por SENAPRED y la Municipalidad de Isla de Maipo para gestionar una vivienda de emergencia a favor del concejal Jorge Alfaro Acevedo, luego de que su inmueble resultara afectado por un incendio en julio de 2025.

El pronunciamiento corresponde al Dictamen N° D441, de fecha 19 de octubre de 2026, emitido a raíz de una presentación realizada por el concejal Miguel Olave Gutiérrez (Ex UDI), quien solicitó revisar la legalidad del procedimiento y la eventual vulneración del principio de probidad.

Según los antecedentes examinados por el organismo contralor, el incendio ocurrió el 14 de julio de 2025 y provocó la pérdida de las condiciones de habitabilidad del inmueble. La emergencia fue acreditada mediante un Informe Alfa elaborado por el municipio y una Ficha Básica de Emergencia (FIBE) del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

Posteriormente, el 28 de julio de 2025, SENAPRED emitió una orden de compra por una vivienda de emergencia con baño e instalación normal, destinada a la comuna de Isla de Maipo. Sin embargo, Contraloría precisa que dicha compra fue posteriormente cancelada debido a la renuncia del beneficiario.

En su análisis, el organismo señaló que no existe una disposición legal que impida a un concejal recibir beneficios sociales por una situación de emergencia debido exclusivamente al ejercicio de su cargo. Esto, en concordancia con el principio constitucional de igualdad ante la ley.

No obstante, Contraloría también advirtió que ninguna autoridad puede utilizar su cargo para obtener indebidamente un beneficio ni intervenir en su propia asignación, circunstancias que, de acuerdo con los antecedentes revisados, no se acreditaron en este caso.

Finalmente, el organismo concluyó que SENAPRED, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y la Municipalidad de Isla de Maipo actuaron dentro del marco de sus atribuciones y que no se advirtieron irregularidades en el procedimiento cuestionado.